Tema 6 : Diario - Las programaciones didácticas vigentes

¡Hola lectores!

En esta entrada me centraré en una de las partes más importantes y relevantes a la hora de opositar: las programaciones didácticas vigentes para la ESO, Bachillerato, Formación Profesional y Escuela de Idiomas.




Por si no lo sabéis, son instrumentos de planificación curricular específicos y necesarios para el desarrollo del proceso-enseñanza aprendizaje del alumnado de forma coordinada entre el profesorado del departamento. Además, tienen carácter anual y pueden ser revisadas por la inspección educativa, quien podrá hacer algún comentario de mejora para el curso siguiente. 

Las programaciones de la ESO y Bachillerato, están reguladas por la Resolución del 29 de mayo de 2019 y estos son los componentes que deben contener. 



El principal problema de estas programaciones es que tras un poco de investigación dentro de las programaciones de un mismo centro, se puede constatar que no todas siguen los mismos criterios ante la falta de un estándar establecido. Además, las unidades didácticas no son de obligada incorporación.

Para aquellos que estéis pensando en opositar, os facilito la rúbrica de evaluación para que intentéis tener el mayor número posible de puntos. 


En lo que concierne la Formación Profesional, está regulada por el Decreto 114/2010 junto con el Decreto 107/2014 y el artículo 23 de la Orden del 12 de julio de 2011. Los elementos que las componen son muy similares a las de las anteriores, pero en este caso las tendría que elaborar cada módulo profesional y las unidades didácticas son obligatorias.





Con el fin de facilitar su elaboración, existen aplicaciones informáticas que nos permiten crear estos documentos siguiendo unos criterios preestablecidos y estandarizados para facilitar dicha redacción y evitar que se nos olvide algún componente. A pesar de que todavía no existe un modelo unificado para todas las CC.AA., la introducción de esta plataforma ha supuesto un gran paso dentro del sistema educativo. Sin embargo, es una pena que no se lleve a las demás etapas educativas e instituciones. 


En cuanto a la EOI, están reguladas por el artículo 49 del Decreto 189/2010. En este caso, las programaciones didácticas deben ser elaboradas por los departamentos de idiomas y seguir las directrices establecidas por la comisión de coordinación pedagógica. Además, estarán recogidas en el proyecto educativo y disponen de "la guía curricular" que armoniza las programaciones de los distintos centros. Estos son los puntos que toda programación debe tener:



Como podemos ver cada etapa e institución académica tienen su programación diferenciada pero esencial para el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje. A pesar de que pueda resultar un trabajo un tanto laborioso y limitado a los contenidos del currículum, las programaciones didácticas reflejan el futuro aprendizaje del alumnado; de ahí que su meticulosa elaboración y su cumplimiento sean tan importantes. 

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